El pleno del Ayuntamiento de Blanes aprobó definitivamente el reglamento orgánico municipal

Foto: Arxiu Blanesaldia

Foto: Archivo Blanesaldia

El pleno del Ayuntamiento de Blanes celebrado ayer aprobó con los votos de los concejales del equipo de gobierno y del grupo municipal de CiU el Reglamento Orgánico Municipal (ROM), tras haberse aceptado algunas de las modificiaciones que se habían presentado, pues el ROM se aprobó inicialmente en el pleno del pasado mes de febrero.

Conviene recordar las dos cuestiones más importantes que  se modificaron del ROM en el pleno de febrero. La primera regula la intervención de entidades radicadas en el municipio cuando en el pleno se vaya a tratar un asunto que les pueda afectar. Por ejemplo, si una cuestión urbanística se va a tratar en el pleno y afecta a un determinado barrio, la asociación de vecinos podrá intervenir al inicio del asunto a debatir, para lo cual tendrá cinco minutos de tiempo. Después lo harán los grupos municipales tal y como lo vienen haciendo en la actualidad.

La segunda opción contempla que las entidades pueden presentar mociones al pleno, para lo cual en primer lugar un portavoz de la asociación argumentará durante cinco minutos la moción, que a continuación debatirán y votarán los políticos.

La aprobación inicial del ROM comportó que estuviese un tiempo de exposición pública para dar cabida a posibles alegaciones, de las que se presentaron varias. El equipo de gobierno aceptó alguna, pero rechazó las más importantes, porque desbordan el marco legal actual.

Se rechazó que las entidades y partidos políticos puedan presentar ruegos y preguntas al pleno

Una alegación que se rechazó planteaba que cuando una entidad presente una moción, tendrá derecho a un turno de réplica de un minuto, cuestión que la legislación actual no permite. El rechazo a aceptar esta modificación motivó que el grupo municipal de EUiA-ICV votase en contra.

También se rechazó que «las entidades y partidos políticos» puedan presentar ruegos y preguntas «para que sean incorporadas en el pleno municipal, y que estas últimas tengan los mismos derechos y puedan participar en los plenos municipales en igualdad de condiciones».

La inadmisión de esta alegación se debe a que los ruegos y preguntas de los vecinos se han de efectuar después de finalizar el pleno, sin que puedan figurar en el acta de la sesión. Además, estas intervenciones deben referirse a cuestiones tratadas en el pleno.

No obstante, el equipo de gobierno aceptó que se puedan formular preguntas sobre cuestiones no tratadas en el pleno si se presentan por escrito en el registro municipal hasta las 15 horas del día anterior al pleno.

El texto definitivo del nuevo ROM se aprobó por 13 votos a favor (PSC y CiU), el voto en contra de los cuatro concejales de EUiA-ICV y la abstención de los tres regidores del PP. La concejala no adscrita Lourdes Fàbrega no asistió al pleno.