A partir del próximo 1 de enero de 2026 los usuarios de patinetes eléctricos estarán obligados a tener contratado un seguro de responsabilidad civil para terceras personas. También, los propietarios de patinetes adquiridos a partir del 22 de enero de 2024 deberán llevar un certificado del fabricante.
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Aprovechando la circunstancia de la inminente entrada en vigor de esta normativa, la Policía Local de Blanes inició ayer una campaña informativa que se concretó en la presencia de agentes en las inmediaciones del Instituto Serrallarga. La compaña se prolongará hasta final de año.
Desde ya unos cuanto años los patinetes eléctricos forman parte del ecosistema de vehículos que utilizan los ciudadanos para desplazarse. Un porcentaje importante de usuarios son jóvenes y personas inmigrantes. Estos dos colectivos, que tienen menor poder adquisitivo que otros segmentos de la población, tienen en el patinete, un vehículo de bajo coste, un aliado para efectuar desplazamientos de unos pocos kilómetros en los entornos urbanos.
En los últimos meses, especialmente en la temporada de primavera y verano, que es cuando aumenta la población en la ciudad, se han producido en las redes sociales algunos comentarios criticando las zonas por donde estos vehículos se mueven.
No es extraño ver a dos adolescentes en un mismo vehículo, o un adulto y un niño, además de circular por aceras y zonas peatonales cuando se encuentra en el lugar un importante número de ciudadanos. También, es frecuente que lleven auriculares, lo cual está prohibido. Ocasionan molestias y sustos entre los peatones, que han generado una imagen negativa, demandando en ocasiones que los agentes locales pongan coto a estas conductas.
Erradicarlas es el objetivo de la campaña, lo cual suele ser anticipo de que después suele venir una fase en la que se multarán los comportamientos fuera de normativa.

Una joven circula en patinete por el centro de Blanes
Los patinetes eléctricos son vehículos a motor. Es decir, no son un juguete, cuestión que no todos los padres tienen claro a la hora de comprarles a sus hijos este vehículo, o dejar que lo utilicen.
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Blanes no dispone de una ordenanza específica que regule el uso y circulación de estos vehículos, una cuestión que otras poblaciones sí han abordado. En estos casos, la normativa ha partido de la reglamentación básica aprobada por la Dirección General de Trafico (DGT), y se ha complementado con normas específicas en cada municipio.
Por ejemplo: una de las cuestiones que queda a elección de los ayuntamientos es regular la edad mínima para conducirlos. Si no hay normativa local, se aplica la de la DGT que, en este asunto, establece que la edad mínima para subirse en un patinete es tener 16 años.
La normativa de la DGT establece también que no se puede circular por carreteras, es decir, por vías interurbanas ni por la travesía de carreteras situadas en la trama urbana de las poblaciones.

Dos personas circulan por la calle S’Auger contra dirección en patinete
Nueva señalética
El pasado 10 de junio el BOE publicó el Real Decreto 465/2025, que actualiza el Reglamento General de Circulación, introduciendo nuevas señales y rediseños de otras ya existentes para adaptarse a la movilidad actual, especialmente a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre los que no se encuentra la bicicleta.
Esta nueva señalética entró en vigor el 1 de julio de 2025, aunque la sustitución e implementación de las nuevas señales en las vías y espacios públicos será progresiva. Esta reforma, la primera integral en dos décadas, moderniza el catálogo de señales verticales, marcas viales y semáforos, mejorando la visibilidad y la inclusión, y eliminando señales obsoletas.

Señal colocada en Barcelona, indicada para espacios de peatones, en los que ciclistas y usuarios de VMP deben caminar a pie.
Una de las nuevas señales (ver foto) es adecuada para ubicarla en espacios peatonales como el paseo del mar y el vial que discurre junto a la playa de S’Abanell. Tarde o temprano los responsables municipales de movilidad deberán decidir si colocan o no esta señal que obliga en estos espacios a bajarse tanto de la bicicleta como del patinete eléctrico.
Certificado del fabricante
La normativa sobre patinetes establece que los comercializados desde el 22 de enero de 2024 deben estar certificados por la DGT y contar con una placa de marcaje de fábrica fija al vehículo. Esta placa debe incluir el número de certificado, marca, modelo y velocidad máxima, sirviendo como prueba de cumplimiento sin necesidad de que el usuario lleve un papel físico adicional.
Los patinetes que se adquirieron antes del 22 de enero de 2024 disponen de una moratoria y pueden seguir circulando legalmente hasta el 22 de enero de 2027 aunque no tengan certificado oficial de la DGT.
